Programación de la asignatura de religión en educación secundaria obligatoria

1.    Introducción

En este documento se desarrolla la Programación Didáctica de la asignatura Religión Católica de la ESO para la Educación Secundaria Obligatoria

Para situarnos en educación Secundaria Obligatoria, en el actual sistema educativo, hay que acudir a los artículos 22-31 de la LOE de 2006 y sus modificaciones en la LOMCE de 2013. En realidad, esta doble referencia legislativa ocurrirá con todo el ordenamiento legislativo de nuestro sistema educativo, nos encontraremos con una ley Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que sigue vigente en sus términos excepto en aquellos que han sido modificados por la ley Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que ese establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria, indica en su disposición adicional segunda que la determinación del currículo de la enseñanza de Religión Católica y de las diferentes confesiones en materia educativa será competencia de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.

De acuerdo con los preceptos indicados, la Conferencia Episcopal Española ha determinado los currículos de la enseñanza de la Religión Católica

El currículo relaciona los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables.

Los contenidos se presentan en cuatro bloques que se repiten en todos los cursos estableciendo para cada curso entre dos y tres contenidos más concretos. El primero hace referencia al sentido religioso del hombre; el segundo a la revelación, Dios interviene en la historia; el tercero a Jesucristo, cumplimiento de la Historia de la Salvación; y el cuarto a la permanencia de Jesucristo en la historia de la Iglesia.

Estos cuatro grandes bloques pretenden recoger el saber antropológico cristiano acumulado a lo largo de los siglos.